Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1858-1860 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 28 de febrero de 1859
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 64, 1.573
Tema: Regularización de las subvenciones a las empresas de ferrocarriles

El Sr. SAGASTA: Yo siento muchísimo molestar tan repetidas veces la atención del Congreso; pero es materia esta tan importante, puede dar lugar a tantas injusticias, que no estará de más el mayor tiempo que pueda invertirse en esta discusión, si por efecto de esto resuelve el Congreso con acierto.

 Se trata de una ley general que va a ser aplicada a todas las líneas, a todos los caminos de hierro que se hagan en lo sucesivo y que se estén haciendo en la actualidad, la cual dice respecto de subvenciones lo siguiente: " La subvención se abonará con arreglo a la ley general de ferrocarriles." Pues yo digo: aunque en efecto haya habido equivocación al hacer la explicación de la ley general para dos o cuatro líneas, si esa disposición es injusta, ¿hemos de llevarla a cabo para todas las demás líneas que se puedan hacer después? Una cosa injusta, hecha por un error para uno o dos ferrocarriles, ¿la hemos de aplicar a todos los demás que se hagan en España? El legislador debe enmendar sus errores, háyalos cometido él o háyanlos cometido legisladores anteriores.

Pero hay además otra cosa, que es que aquí no ha habido equivocación, porque faltaba esta ley, que ha venido a presentar este Gobierno; sobre el modo de regularizar el pago de esa subvención. Antes se dijo simplemente: " Las provincial y los pueblos inmediatamente interesados pagarán la subvención, " y pudo venir la aplicación de la ley general de ferrocarriles en una especial, y en la aplicación de esa ley, con equivocación o sin ella, decir: " La parte que por razón de subvención han de pagar las provincias se regulará de tal o tal modo; " pero ahora no se trata de eso, sino de establecer bases generales para determinar el modo y forma de pagar esta subvención; y yo, que hubiera atacado como injusta la base de que las provincias pagarán en la forma que se dice, me acojo a las mismas razones que da la Comisión para demostrar que no es procedente lo que propone.

La Comisión reconoce por tipo la subvención por provincias; yo lo acepto también; peso para rebajar o graduar esa subvención, dice la Comisión y dice el Gobierno: de esa subvención se rebajará lo que importe la mayor subvención que deben pagar los pueblos inmediatamente interesados. Aquí desaparece el tipo de la provincia, y vienen los pueblos interesados. Así lo reconoce el Gobierno y la Comisión al decir los pueblos inmediatamente interesados. El Gobierno y la Comisión determinan una zona dentro de la cual están los pueblos interesados, y yo digo: pues bien; compréndanse en esa zona los pueblos inmediatamente interesados en el ferrocarril, aunque pertenezcan a otra provincia por donde no pase. El no hacerlo así es injusto: si no se ha hecho de ese modo en las leyes especiales a que se ha aludido, no es razón atendible para que no se haga en esta ley de que nos ocupamos. En esta ley deben corregirse todas las injusticias que se observen en leyes anteriores.

El Sr. PRESIDENTE: Señor Sagasta, suplico a S.S. que se ciña a la rectificación. Ya antes habló su señoría dos veces porque nadie había pedido la palabra en contra, y le permití que hablara sin condenarlo como rectificación. Ya ve S.S. que no es posible el que sigamos discutiendo de este modo, y celebraría, por lo tanto, que se ciñese puramente a la rectificación.

El Sr. SAGASTA: Señor Presidente, está V. S. en su derecho; pero nada perderá V. S., ni la Comisión, ni el Congreso, el que en una discusión tan importante se me permitiera.....

El Sr. PRESIDENTE: El Reglamento. Sr. Sagasta, no lo permite.

El Sr. SAGASTA: Pues concluyo; pero no puedo menos de decir que cuando se trata de intereses políticos, se viene diciendo que no nos ocupamos de intereses materiales, y cuando discutimos intereses materiales, se dice si rectificamos más o menos.



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